Cuánto se cobra por un seguro de vida por fallecimiento
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Autor: Gerard Alegret Gordó
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05/10/2026
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Índice
- En resumen
- Cuánto se cobra por un seguro de vida por fallecimiento: el capital asegurado
- Cómo tributa el capital del seguro de vida por fallecimiento
- Cuándo y cómo se cobra el seguro de vida
- Quién cobra el seguro si hay varios beneficiarios o ninguno designado
- Casos en los que no se cobra el seguro de vida
- Cómo decidir qué capital contratar
- Preguntas frecuentes sobre el cobro del seguro de vida
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Cuando fallece una persona con seguro de vida, sus beneficiarios cobran el capital que esa persona dejó fijado en la póliza: ni más ni menos. Por eso la respuesta a «cuánto se cobra por un seguro de vida por fallecimiento» tiene dos partes: cuánto se asegura de media en España y cómo decidir el capital que necesita tu familia. En esta guía te damos las cifras, te explicamos cómo tributa la indemnización en el Impuesto sobre Sucesiones, qué plazos tiene la aseguradora para pagar y en qué casos el capital no se cobra.
Revisado en octubre de 2026 por Gerard Alegret, corredor de seguros y asesor fiscal.
En resumen
- Se cobra el capital asegurado que figura en la póliza, más los capitales adicionales que se hayan contratado (por ejemplo, el doble capital si el fallecimiento es por accidente).
- El capital medio asegurado en España es de 42.676 € en los hombres y 34.348 € en las mujeres, según el último informe de UNESPA sobre quién contrata el seguro de vida. 21,8 millones de personas tienen un seguro de vida riesgo (Memoria Social del Seguro 2024).
- El beneficiario tributa por el capital en el Impuesto sobre Sucesiones, con una reducción estatal de 9.195,49 € para cónyuge, ascendientes y descendientes y las reducciones y bonificaciones de cada comunidad autónoma. El capital está exento de IRPF.
- La aseguradora dispone de 40 días desde la comunicación del fallecimiento para pagar al menos el importe mínimo que deba; el derecho a reclamar prescribe a los cinco años.
- Guía elaborada por Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790).
Cuánto se cobra por un seguro de vida por fallecimiento: el capital asegurado
El seguro de vida riesgo funciona con una cifra pactada: el tomador elige al contratar el capital que la aseguradora pagará a los beneficiarios si el asegurado fallece durante la vigencia de la póliza. Ese capital se cobra íntegro, con independencia de las primas pagadas hasta entonces: una persona que contrató 100.000 € hace un año y ha pagado una sola prima deja 100.000 € a sus beneficiarios.
Para saber cuánto se asegura de media, la referencia es el informe de UNESPA El seguro de vida: quién lo adquiere en España, elaborado con datos de ICEA. Según ese informe, el capital asegurado medio es de 42.676 € para los hombres y 34.348 € para las mujeres, con una media conjunta de unos 38.500 €. La diferencia se explica por los capitales vinculados a hipotecas y por los ingresos que se protegen en cada caso.

Esa media es orientativa. En la práctica, los capitales que vemos en las pólizas van desde los 30.000 € de un seguro vinculado a un préstamo pequeño hasta los 200.000 € o 300.000 € de quien quiere cubrir una hipoteca y varios años de ingresos de su familia. El precio acompaña al capital: con 40 años y 100.000 € de capital, un seguro de vida de solo fallecimiento cuesta desde 71,85 € al año, y 200.000 € cuestan desde 143,70 € al año, según los precios de nuestro comparador de seguros de vida en octubre de 2026 (perfil administrativo; el precio es el mismo para hombres y mujeres).
Capitales adicionales: accidente, invalidez y enfermedad grave
Muchas pólizas incluyen garantías que aumentan lo que se cobra en determinados supuestos:
- Doble o triple capital por accidente: si el fallecimiento se produce por accidente, los beneficiarios cobran el doble del capital; si es por accidente de circulación, el triple. Con 100.000 € asegurados, serían 200.000 € o 300.000 €.
- Invalidez absoluta y permanente: el capital lo cobra el propio asegurado en vida si queda incapacitado para cualquier trabajo. Es la modalidad más contratada en España.
- Enfermedad grave: un capital adicional (habitualmente del 10 % al 25 % del principal) si el asegurado sufre un infarto, un ictus o un cáncer cubiertos por la póliza.
Cada garantía tiene su precio y sus condiciones. En nuestro ranking de seguros de vida comparamos qué incluye cada aseguradora.
Cómo tributa el capital del seguro de vida por fallecimiento
El capital que cobra el beneficiario de un seguro de vida por fallecimiento tributa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), como una adquisición por causa de muerte, y queda fuera del IRPF. Lo paga el beneficiario, con independencia de que acepte o renuncie a la herencia, porque el capital del seguro procede del contrato y no forma parte del caudal hereditario.
- Reducción estatal específica: cuando el beneficiario es el cónyuge, un ascendiente o un descendiente del asegurado, se aplica una reducción del 100 % sobre el capital del seguro con el límite de 9.195,49 € (artículo 20.2.b de la Ley del ISD), además de la reducción general por parentesco. Para los seguros contratados antes del 19 de enero de 1987 se mantiene el régimen de reducciones anterior.
- Normativa autonómica: cada comunidad mejora esos importes. En Cataluña, por ejemplo, la reducción por seguros de vida alcanza el 100 % del capital hasta 25.000 € para cónyuge, descendientes y ascendientes, y después se aplica una bonificación sobre la cuota que llega al 99 % para el cónyuge. Otras comunidades, como Madrid o Andalucía, bonifican la cuota al 99 % para los parientes más cercanos, de modo que el impuesto queda en una cantidad simbólica.
- Beneficiarios sin parentesco cercano: hermanos, sobrinos, pareja de hecho no asimilada al cónyuge en su comunidad o personas sin parentesco tributan con reducciones menores y coeficientes multiplicadores más altos; el impuesto puede superar el 30 % del capital en los tramos altos.
- Plazo: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se solicita dentro de los cinco primeros. La aseguradora solo puede pagar cuando el beneficiario acredita haber presentado el impuesto (o su exención), y para ello puede liquidarse el seguro de forma independiente con el modelo 652, sin esperar al resto de la herencia.
Un caso distinto es el del seguro contratado por una empresa sobre la vida de un socio o un directivo, en el que el beneficiario es la propia empresa: ahí el capital tributa en el Impuesto sobre Sociedades. Y si el beneficiario es el propio tomador (por ejemplo, en un seguro de vida ahorro que vence en vida), el rendimiento tributa en el IRPF. Te explicamos las diferencias en ¿Los seguros de vida desgravan?
Cuándo y cómo se cobra el seguro de vida
- Localizar la póliza. Si la familia no sabe si existía un seguro, puede pedir un certificado al Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento del Ministerio de Justicia (modelo 790, pasados 15 días desde el fallecimiento). El certificado indica qué aseguradoras tienen pólizas a nombre del fallecido.
- Comunicar el fallecimiento a la aseguradora en el plazo de siete días desde que se conoce, salvo que la póliza fije uno mayor (artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro). Si la póliza se contrató a través de Segurzon, nos encargamos de la comunicación y de toda la tramitación.
- Presentar la documentación: certificado literal de defunción, certificado médico con la causa del fallecimiento, DNI de los beneficiarios, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y, si procede, copia del testamento o de la declaración de herederos, y justificante de la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones.
- Cobrar. La aseguradora debe pagar en los 40 días siguientes a la comunicación del siniestro, como mínimo el importe que ya conozca que debe (artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro). Si se retrasa sin causa justificada, debe intereses de demora: el interés legal incrementado en un 50 % y, pasados dos años, el 20 % anual (artículo 20).
El derecho a reclamar el capital prescribe a los cinco años desde el fallecimiento (artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro). Si en ese plazo nadie reclama, el capital pasa a la aseguradora, así que conviene consultar el registro cuanto antes.
Quién cobra el seguro si hay varios beneficiarios o ninguno designado
El tomador designa a los beneficiarios en la póliza o en testamento, y puede cambiarlos cuando quiera salvo que haya renunciado a ello. Si designa a varios sin indicar porcentajes, el capital se reparte a partes iguales; si designa a «los hijos», se entiende a todos los que tengan derecho a heredar; si designa a «los herederos», cobran quienes lo sean según el testamento o la ley, en la misma proporción. Si no hay beneficiario designado, el capital se integra en el patrimonio del tomador y lo reciben sus herederos. Te lo detallamos en nuestra guía sobre el beneficiario del seguro de vida, y en la diferencia entre tomador y asegurado aclaramos quién es quién en la póliza.
Casos en los que no se cobra el seguro de vida
- Suicidio durante el primer año de la póliza: queda excluido salvo pacto en contrario. A partir del primer año, la Ley de Contrato de Seguro (artículo 93) obliga a cubrirlo.
- Fallecimiento causado dolosamente por el beneficiario: ese beneficiario pierde el derecho al capital, que se integra en el patrimonio del tomador (artículo 92).
- Ocultación o inexactitud en el cuestionario de salud: si el asegurado ocultó con dolo o culpa grave una enfermedad al contratar, la aseguradora puede quedar liberada del pago (artículo 10). Es la causa más frecuente de conflicto, y la razón por la que conviene responder el cuestionario con exactitud.
- Impago de la prima: si la prima anual no se paga, la cobertura queda en suspenso un mes después del vencimiento y la póliza se extingue a los seis meses (artículo 15).
- Exclusiones pactadas en la póliza: determinadas actividades de riesgo, deportes o profesiones pueden excluirse o requerir una sobreprima. Figuran en las condiciones particulares y conviene revisarlas antes de firmar.
Cómo decidir qué capital contratar
El capital adecuado es el que permite a tu familia mantener su vida durante los años que necesite para reorganizarse. Una regla práctica que usamos en Segurzon:
- Deudas pendientes: el capital que quede de la hipoteca y de otros préstamos. Si el seguro está vinculado a la hipoteca, puede ser de capital decreciente, que baja al ritmo del préstamo y es más barato.
- Entre tres y cinco años de ingresos netos de la persona asegurada, para cubrir los gastos del hogar mientras la familia se adapta. Con unos ingresos de 30.000 € netos al año, entre 90.000 € y 150.000 €.
- Gastos previsibles: estudios de los hijos, cuidado de personas dependientes y, si no hay seguro de decesos, los gastos de sepelio.
- Menos lo que ya está cubierto: otros seguros de vida, el seguro de la hipoteca, los ahorros y la pensión de viudedad u orfandad que corresponda.
El resultado se ajusta a lo que puedes pagar con comodidad cada año, y se revisa cuando cambian las circunstancias: una hipoteca nueva, un hijo, un cambio de ingresos. Si tienes dudas sobre el capital, consúltanos y lo calculamos contigo sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre el cobro del seguro de vida
El capital asegurado medio es de 42.676 € en los hombres y 34.348 € en las mujeres, unos 38.500 € de media, según el informe de UNESPA sobre quién contrata el seguro de vida en España. Lo que se cobra en cada caso es el capital que el tomador fijó en su póliza.
La ley le da 40 días desde la comunicación del fallecimiento para pagar, al menos, el importe mínimo que ya sepa que debe. En la práctica, el cobro depende de reunir la documentación y de acreditar la presentación del Impuesto sobre Sucesiones; con la documentación completa, lo habitual es cobrar en pocas semanas.
Sí, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que paga el beneficiario. Cónyuge, ascendientes y descendientes tienen una reducción estatal de 9.195,49 € sobre el capital del seguro, más las reducciones y bonificaciones de su comunidad autónoma, que en muchos casos dejan el impuesto en una cantidad pequeña. El capital no tributa en el IRPF.
Sí. El capital del seguro de vida procede del contrato y no forma parte de la herencia, así que el beneficiario designado lo cobra aunque renuncie a heredar, por ejemplo porque el fallecido tenía deudas. Tributa igualmente en el Impuesto sobre Sucesiones.
Pidiendo un certificado al Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento del Ministerio de Justicia, a partir de los 15 días del fallecimiento. El certificado indica las aseguradoras con las que el fallecido tenía pólizas de vida o de accidentes en vigor.
Con 40 años y profesión administrativa, desde 71,85 € al año si solo cubre el fallecimiento y desde 102,25 € al año si incluye la invalidez absoluta y permanente, según los precios de octubre de 2026 de nuestro comparador. El precio sube con la edad: a los 50 años, el mismo capital cuesta desde 197,87 € al año.
Calcula tu seguro de vida con Segurzon
Ya sabes cuánto se cobra por un seguro de vida por fallecimiento y cómo fijar el capital que necesita tu familia. El siguiente paso es ver cuánto cuesta en tu caso: en nuestro comparador de seguros de vida calculas en 2 minutos el precio de las principales aseguradoras para tu edad y tu capital, y contratas online. En Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790), te acompañamos durante toda la vida de la póliza, también cuando tus beneficiarios tengan que cobrarla.
Artículo elaborado por Gerard Alegret, corredor de seguros y asesor fiscal, CEO de Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790). Revisado en octubre de 2026 con la Ley de Contrato de Seguro y la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones vigentes.