Seguro que siempre que buscas información sobre los seguros de vida es para contratar uno, ver qué es lo que te ofrecen, cuánto cuesta, qué cubre… Pero, ¿te has parado a pensar qué tendrías que hacer si lo que quieres es cancelarlo?
Y es más, seguro que en algún momento, o ahora, te has preguntado si realmente se puede cancelar un seguro de vida. Es decir, si te dejarán por las buenas o tendrás que transitar un largo camino de reclamaciones. En este artículo queremos despejar aquellas posibles dudas que tengas y así poder tomar las decisiones que necesites si se da el caso de querer cancelar un seguro de vida.
¿Se puede cancelar un seguro de vida?
Antes de decirte los pasos que debes dar queremos aclarar esta cuestión, porque sí, se puede cancelar tu póliza del seguro de vida. Porque la vida da muchas vueltas y puedes necesitar hacerlo antes de su vencimiento.
Según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en su sección cuarta, en el artículo 22:
“Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador”.
Es decir, una de las condiciones imprescindibles es que la comunicación la hagas por escrito y en los plazos establecidos. Ten en cuenta que si tu seguro de vida es de los vinculados a una hipoteca, el plazo para notificar esta decisión es de 60 días, pero debes saber que a veces tienes que contar con el consentimiento expreso de tu entidad bancaria.
Pasos que hay que dar para cancelar el seguro de vida
En la ley se especifica que debe ser por escrito, pero tienes que asegurarte de que llega, es decir que tienes que realizar una comunicación fehaciente de que quieres cancelar la póliza. ¿Y qué es este tipo de comunicación? Te mostramos las maneras de hacerlo según informa la Organización de Consumidores (OCU):
- Escrito. Una vez que tienes redactada la solicitud de baja tienes que entregarla por duplicado en el lugar establecido y pedir que sellen tu copia y le pongan fecha. Así se queda constancia de que lo has entregado.
- Burofax. Este tipo de comunicación que hace Correos deja constancia de que se ha recibido porque firman al recogerlo. Se puede hacer de manera presencial u online.
- Correo electrónico. El correo que envíes debe ir con acuse de recibo porque te sirve, al igual que el resto de los casos, de prueba de que lo has enviado.
- Teléfono. Es la manera menos efectiva, aunque si se hace así lo mejor es que se grabe la llamada para dejar constancia.
Pasos a dar
Te describimos los pasos que debes dar, aunque puede que algunas compañías haya que hacerlo distinto, lo habitual y básico es esto:
- Hacer la solicitud de anulación. Aquí tienes que reflejar los datos del titular y de la póliza que quieres cancelar. Debes poner la fecha y la firma del titular en el documento.
- Envíalo a la compañía aseguradora. Tendrá que ser de alguna de las maneras que hemos indicado anteriormente para que quede constancia. Puede que tengas que enviarlo al mediador con el que contrataste el seguro.
- Identifica al titular. Tendrás que enviar el documento de identidad del titular.
- Haz el proceso con 30 días de antelación a la fecha de renovación. Así te aseguras de que no te cargan en la cuenta bancaria la póliza.
¿Me devuelven el dinero si cancelo el seguro de vida?
Esta es otra de las preguntas habituales que hace cualquier titular de una póliza de estas características, sobre todo cuando se plantea la cancelación.
En el caso de los seguros de vida riesgo no se suele devolver porque el contrato es temporal, renovable de manera anual. En el caso de las pólizas de ahorro, tendrías que leer esta parte en el contrato porque especifican si lo devuelven o no.
En cualquier caso, ante cualquier duda que puedas tener, siempre es mejor preguntar y asesorarte. Y también leer este apartado en la póliza de tu seguro, que es donde debe ir especificado todo.