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Seguro de convenio: qué es y qué coberturas ofrece

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Seguro de convenio: qué es y qué coberturas ofrece

Las personas son el activo más importante con el que cuenta una empresa. Por ello, garantizar el bienestar de este equipo humano es una labor clave para cualquier negocio, incluido el tuyo. 

Con este objetivo nació el seguro de convenio, un tipo de póliza que todo empresario debe conocer. ¿Por qué? Sencillamente, porque puede proteger el bienestar de la plantilla que diriges en momentos críticos.

Con este artículo queremos arrojar luz sobre el seguro de accidentes colectivo, respondiendo todas aquellas dudas frecuentes que te pueden asaltar antes de contratar esta póliza para tu empresa.

¿Comenzamos?

¿Qué es el seguro de convenio?

El seguro de convenio es un tipo de póliza que contratan las empresas en España destinada a proporcionar cobertura a sus empleados en caso de sufrir algún tipo de accidente durante el desempeño de sus funciones laborales que puedan desembocar en una incapacidad permanente o fallecimiento. 

Como puedes imaginar, el seguro de convenio es más que una simple póliza. Se trata de una modalidad diseñada para proteger a los empleados bajo un mismo seguro en situaciones imprevistas, creando una red de apoyo que abarca desde la atención médica hasta compensación por incapacidad. 

¿Es obligatorio el seguro de convenio?

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Estamos ante una modalidad de seguro que es obligatorio para un amplio porcentaje de las empresas en España, pero no para todas. El carácter de obligatoriedad viene determinado por el convenio al que pertenece cada empresa. 

Si el convenio no lo exige, no tienes obligación de contratar un seguro de accidentes colectivo en tu empresa.

Recordemos que un convenio es un acuerdo colectivo firmado por empresarios y representantes de los empleados (habitualmente sindicatos) donde se determinan reglas, términos y condiciones de trabajo específicas a las que se compromete cada parte. 

Al ser documentos legales, los convenios tienen la finalidad de proporcionar claridad y seguridad jurídica a todas las partes involucradas. 

Por tanto, es en el convenio donde aparecerá si es necesario contratar un seguro colectivo o no, así como las garantías o coberturas y los capitales asegurados mínimos.

Para averiguar si como empresario debes contratar un seguro de convenio obligatorio, te recomendamos revisar el acuerdo al que está sujeto tu organización. Podrás localizar el convenio al que perteneces consultando directamente el portal de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos

Para que te hagas una idea, sectores como el de la construcción, el siderometalúrgico, el farmacéutico, el hostelero, el transporte de mercancías o la industria química tienen marcado como obligatorio el seguro colectivo en sus respectivos convenios. 

En consecuencia, si tu negocio se enmarca dentro de estas áreas, este es uno de los seguros que necesita tu empresa.

Una empresa, ¿puede contratar un seguro de accidentes de convenio si su convenio no la obliga?

Por supuesto. Si eres un empresario que cuida de sus trabajadores y lleva la responsabilidad empresarial más allá de lo que te obliga la ley, puedes contratar este seguro. Aparte de que tus empleados estarán de suerte, debes saber que cada vez más compañías aseguradoras permiten la contratación de pólizas de accidentes colectivos para sus empleados, aunque su convenio no lo exija. 

De esta forma, estas empresas podrán contratar un seguro de accidentes colectivo ajustando las coberturas y límites para garantizar que el equipo humano que da vida al negocio reciba exactamente lo que necesita y esté protegido tanto el equipo como su familia.

¿El seguro de convenio cubre a todos los empleados?

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Sí, todos los trabajadores quedan amparados bajo la póliza de accidentes de convenio, independientemente de la función que realicen o del puesto que ocupen dentro de la organización. 

Eso sí, debes tener en cuenta que para que un empleado quede cubierto por el seguro de accidentes de convenio se deben cumplir dos requisitos que quedan en manos de la empresa:

  • Estar dado de alta en Régimen General de la Seguridad Social.

Estar incluido en la RNT o Relación Nominal de Trabajadores (antiguo documento TC2) y en el RLC o Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antes denominado documento TC1).

¿Quién paga el seguro de convenio?

Dado que es la empresa la entidad que contrata el seguro de convenio, es ella quien se debe encargar de costearlo. Así, la empresa figura en el contrato como tomador del seguro, y los empleados como beneficiarios de forma innominada. 

Esto significa que no es necesario indicar a la aseguradora los nombres y apellidos de cada empleado, sino que es suficiente con señalar el número de personas que aparecen en el documento de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) donde figuran los datos identificativos de los empleados de la empresa por los que cotiza. 

También debes saber que el seguro de accidentes colectivo se actualiza cada año de acuerdo con el número medio anual de empleados con los que cuenta la empresa.

¿Qué cubre el seguro de accidentes de convenio?

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Vamos con una de las dudas más formuladas por parte de empresarios y empleados: qué cubre el seguro de convenio exactamente. 

A rasgos generales, podemos decir que esta póliza cubre al empleado para una o varias de las siguientes garantías (las exigirá y determinará el importe asegurado, su convenio correspondiente): 

  • Muerte por accidente
  • Gran invalidez
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual
  • Incapacidad temporal
  • Asistencia sanitaria por accidente
  • Enfermedad profesional

¡Ojo! Es importante no confundir el seguro de convenio colectivo con el seguro de responsabilidad civil obligatorio. 

Mientras que el seguro de convenio se enfoca en proteger y mejorar el bienestar de los empleados, el seguro de responsabilidad civil se centra en la protección del negocio contra reclamaciones de terceros debido a daños o lesiones provocados por la actividad empresarial. 

Por tanto, aunque ambos tipos de seguro son importantes para la empresa, su aplicación y objetivos difieren significativamente.

Veamos ahora en detalle las coberturas del seguro de convenio:

Diferentes tipos de Invalidez:

La póliza de convenio colectivo ofrece compensación económica en función de la lesión sufrida y de las garantías de la póliza contratadas, pudiendo ser, de menor a mayor gravedad:

  • Invalidez Parcial: La incapacidad permanente parcial se define como una condición que, aunque no llega a alcanzar el grado de invalidez total, provoca en el trabajador una invalidez de al menos el 33%. A pesar de esta disminución, el trabajador sigue siendo capaz de llevar a cabo las tareas esenciales de su oficio. 
  • Invalidez total para la profesión habitual: Cuando el empleado no puede retomar su actividad profesional, pero sí que podría trabajar en otro tipo de trabajos. Imaginemos un cirujano que padece de Parkinson y no puede operar, sin embargo, podría dar clases de universidad.
  • Invalidez absoluta: Cuando el empleado no puede volver a ejercer ni su actividad profesional ni ninguna otra actividad profesional.
  • Gran invalidez: Partiendo de la base de una invalidez permanente absoluta, le añadiríamos que  la persona afectada no pueda valerse por sí misma y necesite la ayuda de una tercera persona para realizar las funciones básicas.

 

Habitualmente, la indemnización se basa en la gravedad de la lesión y su impacto en la capacidad de trabajo del empleado.

Fallecimiento

En el trágico caso de que un empleado fallezca debido a un accidente laboral, el seguro de accidentes de convenio puede incluir una indemnización o compensación financiera destinada a los beneficiarios designados (habitualmente, pareja o hijos, entre otros).

Asistencia médica

En función de la modalidad de póliza de accidentes de convenio contratada, el seguro de convenio puede incluir entre sus coberturas los gastos médicos necesarios para el tratamiento de lesiones causadas por un accidente profesional. 

Esto puede incluir hospitalización, cirugía, consultas médicas, medicamentos, rehabilitación, terapia y otros servicios médicos.