Glosario del seguro de salud: 25 términos explicados con datos de 2026
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Autor: media@segurzon.com
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04/11/2026
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Este glosario explica en lenguaje llano los 25 términos que aparecen en cualquier póliza de salud, de «asegurado» a «urgencia vital», con el dato de 2026 que necesitas para comparar. Está pensado para leerlo antes de contratar o para consultarlo cuando una condición particular no se entiende. Los términos van en orden alfabético y cada uno enlaza con la guía donde lo tratamos a fondo.
En resumen
- Los cuatro que deciden la póliza: cuadro médico, modalidad, carencia y exclusión.
- Los que fijan lo que pagas: prima, copago, franquicia y sublímite.
- Los que fijan lo que te devuelven: reembolso, límite anual y libre elección.
- Los que fijan tus derechos: cuestionario de salud, condiciones particulares, prórroga y urgencia vital.
- Fuente: Ley 50/1980 de Contrato de Seguro y condiciones generales de Adeslas, Asisa, DKV, Mapfre, AXA, Allianz y FIATC.
Revisado el 4 de noviembre de 2026 por Gerard Alegret, CEO de Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790).
Asegurado
Persona cuya salud está cubierta por la póliza. Puede ser distinta del tomador, que es quien contrata y paga; en un seguro familiar, el tomador es uno de los padres y los asegurados, todos los miembros.
Asistencia sanitaria (modalidad)
Nombre genérico de las pólizas de cuadro médico: la aseguradora presta la asistencia a través de su red de médicos y centros concertados, sin que el asegurado adelante dinero. Es la modalidad de la mayoría de seguros de salud en España.
Carencia
Plazo desde la contratación durante el cual una cobertura todavía no se puede usar. Habituales: 3-6 meses en pruebas de alta tecnología y cirugía ambulatoria, 8 meses en hospitalización y parto. Consultas y urgencias no tienen. Ver carencia en el seguro de salud.
Condiciones generales
Documento común a todos los asegurados de un producto: coberturas, exclusiones generales, carencias, obligaciones y procedimiento de reclamación. Las publica la aseguradora.
Condiciones particulares
Parte de la póliza propia de cada contrato: tomador y asegurados, modalidad, prima, exclusiones personales, carencias eliminadas, complementos. Prevalecen sobre las generales y es donde hay que mirar lo que te afecta.
Copago
Cantidad fija que paga el asegurado por cada acto médico (consulta, prueba, sesión) además de la cuota mensual. De 2,70 a 16 € en consultas y de 12 a 120 € en resonancias o TAC según la póliza; algunas fijan un tope anual. Ver seguro de salud con copago.
Cuadro médico
Lista de médicos, clínicas y hospitales concertados por la aseguradora en cada provincia, a los que el asegurado accede con la tarjeta sin pagar. Es el criterio principal para comparar pólizas. Ver cuadros médicos por aseguradora y provincia.
Cuestionario de salud
Declaración del estado de salud que el asegurado rellena antes de contratar (artículo 10 de la Ley 50/1980). Con ella la aseguradora decide si acepta, excluye una dolencia o aplica recargo. Ver cuestionario de salud.
Exclusión
Prestación o dolencia que la póliza no cubre. Las generales afectan a todos (estética, experimentales, alcohol y drogas, deportes de riesgo); las particulares derivan del cuestionario y constan firmadas en las condiciones particulares. Ver preexistencias y exclusiones.
Franquicia (en salud)
Importe que paga el asegurado antes de que la aseguradora cubra el resto. En salud aparece en coberturas concretas, como la cirugía robótica (6.000-8.000 € en Adeslas Plena Plus) o en algunos reembolsos; en dental, «franquiciado» significa precio pactado que paga el asegurado.
Hospitalización
Ingreso en hospital, con o sin cirugía, incluido en las modalidades con copago, sin copago y reembolso; excluido en las de sin hospitalización. Carencia habitual de 8 meses.
Libre elección
Posibilidad de acudir a cualquier médico u hospital, dentro o fuera del cuadro, propia de las pólizas de reembolso. En las de cuadro médico la elección es libre dentro de la red.
Límite anual de reembolso
Cantidad máxima que la aseguradora devuelve por asegurado y año en una póliza de reembolso: de 100.000 € (Asisa Integral 100) a 1.000.000 € (Adeslas Premier). Dentro del cuadro médico no se consume límite.
Modalidad
Tipo de póliza según lo que cubre y cómo se paga: sin hospitalización, con copago, sin copago y reembolso. Dentro de cada modalidad, cada aseguradora tiene varios niveles.
Nota informativa
Documento previo a la contratación con el resumen de coberturas, exclusiones, carencias, primas por edad y zona. La aseguradora debe entregarla antes de firmar; es la fuente más fiable para comparar precios por tramo de edad.
Preexistencia
Enfermedad, lesión o síntoma anterior a la contratación. Se declara en el cuestionario y la aseguradora puede aceptarla, excluirla, aplicar recargo o rechazar la póliza.
Prima
Precio del seguro. Se expresa por asegurado y mes o año, cambia por tramo de edad y por provincia, e incluye impuestos y recargos (IPS y Consorcio). «Prima nivelada» es la que no sube con la edad del asegurado, poco habitual en salud.
Prórroga
Renovación automática anual del contrato. Cualquiera de las partes puede oponerse por escrito: el tomador con un mes de antelación, la aseguradora con dos (artículo 22 de la Ley 50/1980). Ver cómo cambiar de seguro de salud.
Reembolso de gastos
Modalidad en la que el asegurado paga al médico que elige y la aseguradora le devuelve un porcentaje (80-100 %) hasta un límite anual; incluye además el cuadro médico sin coste. Ver seguro de salud de reembolso.
Segunda opinión médica
Derecho a que otro especialista revise un diagnóstico grave. Incluido en la mayoría de pólizas completas; algunas (Mapfre) lo ofrecen con centros internacionales. Ver segunda opinión médica.
Sin copago
Modalidad de cuadro médico con cuota fija y sin pago por acto. Cuesta 15-30 € al mes más que la misma póliza con copago. Ver seguro de salud sin copago.
Sin hospitalización (ambulatorio)
Modalidad que cubre medicina general, especialistas, pruebas y urgencias ambulatorias, sin ingresos ni cirugía con hospitalización. Es la más barata (desde 19 € al mes) y suele contratarse sin cuestionario.
Sublímite
Tope dentro de una cobertura: por sesión, por día de hospitalización o por acto en reembolso. Lo que excede el sublímite lo paga el asegurado aunque no se haya agotado el límite anual.
Tomador
Persona que contrata la póliza y paga la prima. Es quien puede modificarla, dar de baja y, si es autónomo, deducir las primas de los asegurados de su familia. Ver seguro de salud para autónomos.
Urgencia vital
Situación de riesgo inmediato para la vida. Todas las pólizas la cubren en cualquier centro, dentro o fuera del cuadro, con reembolso posterior de los gastos justificados.
Preguntas frecuentes sobre los términos del seguro de salud
¿Qué diferencia hay entre tomador y asegurado?
El tomador contrata y paga la póliza; el asegurado es la persona cubierta. En un seguro individual coinciden; en uno familiar, el tomador es un adulto y los asegurados, toda la familia.
¿Qué diferencia hay entre carencia y exclusión?
La carencia es un plazo de espera (3-8 meses) tras el cual la cobertura se activa; la exclusión es definitiva y deja fuera una prestación o una dolencia.
¿Qué es el copago en un seguro de salud?
Una cantidad fija que pagas por cada consulta, prueba o sesión además de la cuota, de 2,70 a 16 € en consultas según la póliza. Las pólizas sin copago cuestan 15-30 € al mes más.
¿Qué son las condiciones particulares?
La parte de la póliza propia de tu contrato: asegurados, modalidad, prima, exclusiones personales y carencias eliminadas. Prevalecen sobre las condiciones generales.
¿Qué es la prórroga del seguro?
La renovación anual automática. Puedes oponerte por escrito con un mes de antelación al vencimiento (artículo 22 de la Ley 50/1980); la aseguradora, con dos meses.
Si un término de tu póliza no está aquí, envíanos la cláusula y te la explicamos con lo que significa en tu caso.
Artículo elaborado por Gerard Alegret, CEO de Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790). Publicado y revisado el 4 de noviembre de 2026 con tarifas de octubre de 2026 y las condiciones generales de las aseguradoras citadas.