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Cementerio

¿Qué hacer cuando se muere un familiar?

Tabla de contenidos

La muerte de una persona suele ser un momento doloroso para la familia por la pérdida del ser querido. Pero también se inicia un periodo de trámites legales que hacen que sea más duro si cabe. La burocracia en los fallecimientos puede llegar a ser muy pesada y más en momentos tan sensibles.

Por ello, y aunque parezca extraño, es bueno saber cuáles son todos los pasos que hay que dar y qué hacer cuando fallece un familiar. Estar preparados no nos aliviará el dolor, pero sí nos permitirá pensar con más tranquilidad y no olvidar ninguno de los trámites a realizar. 

 

Pasos a seguir cuando fallece un familiar

Si sucede en casa

Hay que llamar al 112 para que vaya un médico al domicilio porque es este profesional el que debe certificar el fallecimiento. El profesional tiene que entregar el certificado de defunción necesario para el resto de trámites.

Si el profesional no puede determinar las causas de la muerte necesita una orden del juzgado para trasladar el cuerpo del fallecido para hacerle una autopsia. Una vez hecha se autoriza a llevarle a la funeraria que se haya escogido.

En el caso de que la muerte fuera natural hay que saber si el fallecido tenía seguro de decesos, si es así hay que llamar a la compañía para que se encarguen del traslado a la funeraria y de todo lo relacionado con el sepelio. Si no lo tiene contratado tendremos que encargarnos de buscar una funeraria y contratar que se lleven a nuestro familiar y todo lo relacionado con el sepelio.

Si ocurre en el hospital

En este caso será en el propio centro donde el médico certifique su muerte y será el propio hospital quien entregue a la familia el certificado de defunción. 

 

Trámites después de un fallecimiento

Quizá es uno de los momentos más desagradables en la vida de las personas el tener que toparse con la burocracia tras la muerte de un familiar. Pero te adelantamos algunos de los trámites que debes realizar en este caso, para que cuando suceda este hecho sepas todo lo que hay que hacer.

Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil

Es lo que se llama el registro de difuntos. Se hace con el certificado médico de fallecimiento y como familiar tienes 24 horas para hacerlo en el Registro Civil. Se puede hacer de manera presencial y telemática. Es necesario para obtener la licencia de enterramiento, por lo que es imprescindible para celebrar el funeral. Estos son los documentos que te solicitan:

  • Certificado médico de defunción.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte del fallecido.
  • Impreso oficial de declaración de fallecimiento por familiar y autorización del funerario.

 

Celebración del sepelio

Se celebra entre las 24 y 48 horas posteriores al fallecimiento. Una vez inscrito en el Registro Civil ya se puede organizar. Si se tiene un seguro de decesos, o de vida que se realice estos trámites, se encargará la compañía de la organización de todo. Si no es así tendrás que buscar una funeraria, el ataúd, la ceremonia, el entierro o incineración y de todos los trámites necesarios para la organización de un sepelio.

 

Baja en la seguridad social

En este caso la administración te da 30 días para comunicar el fallecimiento y así dar de baja en la seguridad social a tu familiar. Esto es imprescindible para que deje de cotizar y necesario si hay que tramitar una pensión de orfandad o viudedad.

 

Solicitar el certificado literal de defunción

Es otro trámite a realizar en el Registro Civil, que también se puede hacer de manera presencial o telemática. Hay que especificar para qué se quiere. Este certificado es necesario para obtener el de últimas voluntades, que es el que inicia el proceso del reparto de la herencia.

 

Certificado de actos de última voluntad

No se puede solicitar hasta que han pasado 15 días hábiles del fallecimiento (no cuentan sábados, domingos ni festivos). Es un documento que acredita si la persona ha hecho testamento, y si es así en qué notario está, cuántos ha hecho y cuál es el último. 

 

El testamento

Si el fallecido hizo testamento hay que ir a la notaría donde se tiene depositado con el DNI, libro de familia y certificado de actos de última voluntad. Una vez leído se puede aceptar o no. Pero puede ser que no hiciera testamento por lo que hay que acudir a una notaría para que se haga la declaración de herederos y que se pueda realizar el reparto de la herencia.

 

Liquidación de impuestos

Cuando alguien muere hay que pagar impuestos y se hace en la comunidad autónoma donde residía el fallecido. Tendrás seis meses para hacerlo, pero ten en cuenta que se empieza a contar desde que se produce el fallecimiento, no desde que se acepta la herencia. Estos son los que hay que liquidar:

 

  • Impuesto de Sucesiones. Tendrás que consultar cada comunidad para ver cuánto hay que pagar en cada una. 
  • Plusvalía municipal. Se liquida en los ayuntamientos en los que haya propiedades inmobiliarias heredadas.

Certificado de contratos de seguros

Se obtiene de la misma manera que el certificado de últimas voluntades. Es el documento que te da la información de todos los seguros que tenía contratados el fallecido. De esta manera puedes o cancelarlos, cambiar la titularidad en los que se pueda o comprobar si tiene cubierto parte del entierro en el caso de que tuviera un seguro de decesos o de vida.

 

Las cuentas bancarias

En el momento que una persona fallece y se comunica al banco, algo que se hace presentando el certificado de defunción, la entidad bancaria bloquea las cuentas hasta que se presenta la declaración de herederos y el impuesto de sucesión. Luego podrás retirar los activos financieros o cambiar la titularidad de ellos. 

 

Cambiar la titularidad de los bienes del fallecido

Una vez aceptada la herencia tendrás que cambiar la titularidad de aquello que hayas heredado. Si es un bien inmueble tendrás que acudir al Registro de la Propiedad a inscribirlo y a la Gerencia Territorial del Catastro a cambiar la titularidad.

Si lo que has heredado es un vehículo hay que comunicar la transmisión a la Dirección General de Tráfico y presentar los modelos de autoliquidación de sucesiones y donaciones donde venga reflejado.

 

Cambio en la titularidad de los suministros

No debes olvidarte de hacer el cambio de todos los suministros que tuviera a su nombre el fallecido. Si bien es cierto que esto no es un trámite urgente es necesario para luego poder realizar los cambios que sean necesarios.

 

Borrado digital

Este es un servicio que tiene incluido casi todos los seguros de decesos. Es algo en lo que no se repara pero es importante borrar la huella digital del fallecido, es decir cerrar todas las cuentas de redes sociales, el email… 

Los trámites a realizar son muchos, pero muchos de los seguros de vida y de decesos incluyen gran parte de esta tramitación o ayuda y asesoramiento cuando hay que hacerla. Es un buen motivo para suscribir uno de estos seguros y así asegurarnos que cuando falleces todos los trámites serán más sencillos y llevaderos.

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Gerard Alegret

¡Encantado de conocerte! Soy un entusiasta especialista en seguros que se dedica a hacer la vida más fácil a través de la protección que nos ofrecen los seguros. ¿Mi misión? ¡Ayudarte a entender el emocionante mundo de los seguros de una manera divertida y amigable!

Formación:

🎓 Licenciatura en Administración de Empresas por la Universidad de Barcelona 

📚 Máster en Fiscalidad por la Barcelona School of Management

🏆 Curso Superior Nivel 1 en CECAS

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