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Certificado de últimas voluntades: qué es, cómo pedirlo y cuánto tarda

Documento con sello: certificado de últimas voluntades

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El certificado de últimas voluntades es el documento que dice si una persona fallecida dejó testamento y ante qué notario lo firmó. Sin él no se puede pedir la copia del testamento, firmar la aceptación de la herencia ni liquidar el impuesto de sucesiones, y tampoco cobrar un seguro de vida. Lo expide el Ministerio de Justicia, cuesta una tasa de pocos euros y se puede pedir por internet a partir de los 15 días hábiles del fallecimiento. Aquí tienes qué es, cómo pedirlo paso a paso, cuánto tarda y qué hacer después.

En resumen

  • Qué es: un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad (Ministerio de Justicia) que indica si el fallecido otorgó testamento y, en ese caso, la fecha y el notario del último.
  • Cuándo: solo se puede pedir pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. Lo puede solicitar cualquier persona, no hace falta ser heredero.
  • Cómo: por internet con Cl@ve o certificado digital si el fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y no está inscrito en un Juzgado de Paz; en otro caso, por correo o presencialmente con el certificado literal de defunción.
  • Cuánto cuesta y tarda: la tasa 006 del modelo 790 (3,86 € en 2026); por internet suele estar en pocos días y por correo en unos 10 días hábiles.
  • Para qué sirve: con él vas al notario a pedir copia del testamento o, si no lo hay, a iniciar la declaración de herederos. En la misma solicitud puedes pedir el certificado de seguros de vida del fallecido.

Revisado el 4 de noviembre de 2026 por Gerard Alegret, CEO de Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790).

Qué es el certificado de últimas voluntades y para qué sirve

Cada vez que alguien firma un testamento ante notario, el notario lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad, un registro del Ministerio de Justicia que no guarda el contenido del testamento, solo el hecho de que existe, la fecha y la notaría. El certificado de últimas voluntades es la consulta a ese registro: dice si la persona fallecida otorgó testamento y, si otorgó varios, cuál es el último, que es el válido.

Es obligatorio para cualquier trámite de herencia. Si hay testamento, el certificado indica a qué notario hay que acudir para pedir una copia autorizada. Si no lo hay, el certificado negativo es el documento que abre la declaración de herederos abintestato ante notario (Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria). Y en los dos casos lo pedirá el notario que formalice la herencia, el banco para liberar las cuentas y Hacienda para liquidar el impuesto de sucesiones.

Plazo mínimo15días hábiles

Desde el fallecimiento hasta que se puede presentar la solicitud. Antes, el registro todavía no tiene constancia de la defunción.

Sede electrónica del Ministerio de Justicia
Tasa 0063,86€

Importe de la tasa del modelo 790 en 2026 por cada certificado. Se paga online con tarjeta o en el banco con el formulario impreso.

Modelo 790, código 006
Descarga90días

Plazo para descargar el certificado de la sede electrónica desde que está disponible. Después hay que volver a pedirlo.

Sede electrónica del Ministerio de Justicia

Quién puede pedirlo y cuándo

Puede solicitarlo cualquier persona que aporte los datos del fallecido; no hace falta acreditar parentesco ni ser heredero. En la práctica lo pide un familiar, la gestoría, el abogado o la aseguradora de decesos cuando la póliza incluye la gestión de trámites. El único requisito temporal es esperar 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento: la solicitud no se admite antes.

También puedes pedir tu propio certificado en vida, por ejemplo para comprobar que el testamento que firmaste consta inscrito. En ese caso se solicita con tu identificación y sin certificado de defunción.

Cómo pedir el certificado de últimas voluntades, paso a paso

  1. Comprueba qué vía te corresponde. Si el fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un Juzgado de Paz (es decir, consta en un Registro Civil informatizado), puedes hacerlo todo por internet y sin aportar el certificado de defunción. Si es anterior a esa fecha o está inscrita en un Juzgado de Paz, hay que ir por correo o presencialmente con el certificado literal de defunción.
  2. Reúne los datos del fallecido. Nombre y apellidos, DNI, fecha y lugar de nacimiento, nombre de los padres y fecha y lugar del fallecimiento. Si no tienes el DNI, el certificado literal de defunción lo recoge.
  3. Por internet: entra en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, apartado «Certificado de actos de última voluntad», identifícate con Cl@ve o certificado digital, rellena el formulario y paga la tasa 006 con tarjeta en el mismo trámite. Recibirás un número de solicitud para consultar el estado.
  4. Por correo o presencial: descarga el modelo 790 código 006, rellénalo, paga la tasa en cualquier banco colaborador y envíalo con el certificado literal de defunción a la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia (Madrid) o entrégalo con cita previa en una Gerencia Territorial de Justicia.
  5. Descarga o recibe el certificado. Por internet se consulta y descarga desde la propia sede con el número de solicitud, con un plazo de 90 días naturales para hacerlo. Por correo lo recibes en la dirección que indicaste.
  6. Pide en el mismo trámite el certificado de seguros de vida. El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento se solicita con el mismo modelo 790 y otra tasa igual, y te dice qué seguros de vida y de accidentes tenía el fallecido y con qué aseguradora. Lo explicamos en cómo solicitar el certificado de seguros de vida.
El certificado dice dónde está el testamento, no lo que dice. Para conocer su contenido hay que pedir una copia autorizada al notario que lo custodia, y solo pueden pedirla las personas con interés legítimo: herederos, legatarios o quien acredite un derecho sobre la herencia. Si el notario ya no ejerce, el protocolo lo tiene su sucesor o el Archivo de Protocolos del colegio notarial.

Cuánto tarda el certificado de últimas voluntades

Por internet, el certificado suele estar disponible en pocos días hábiles desde que se registra la solicitud. Por correo o de forma presencial el plazo habitual es de unos 10 días hábiles desde la recepción, más el tiempo del envío postal. En épocas de mucha carga (verano, principios de año) puede alargarse. Lo que más retrasa el trámite son los errores en los datos del fallecido, sobre todo en la fecha de fallecimiento o en el DNI: conviene copiarlos del certificado de defunción y no de memoria.

VíaRequisitosPlazo orientativo
Internet con Cl@ve o certificado digitalFallecimiento posterior al 2 de abril de 2009, no inscrito en Juzgado de Paz. Sin certificado de defunción. Pago de la tasa onlinePocos días hábiles; descarga en la sede durante 90 días
Correo postalModelo 790-006 con la tasa pagada en el banco y certificado literal de defunciónUnos 10 días hábiles desde la recepción, más el envío
Presencial con cita previaGerencia Territorial de Justicia u Oficina Central (Madrid), con la misma documentaciónUnos 10 días hábiles; se entrega o se envía por correo
A través de la gestoría o del seguro de decesosAutorización a la gestoría; en decesos, si la póliza incluye gestión de trámitesEl mismo que la vía que use la gestoría

Qué hacer después con el certificado

Con el certificado positivo, el siguiente paso es la notaría que figura en él: se pide una copia autorizada del testamento (la copia simple no sirve para la herencia) y con ella se prepara la aceptación y adjudicación. Con el certificado negativo, cualquier interesado puede iniciar ante notario el acta de declaración de herederos abintestato, que fija quiénes heredan según la ley: descendientes, ascendientes, cónyuge y colaterales hasta el cuarto grado, por ese orden.

En paralelo corre un plazo que conviene no perder de vista: el impuesto de sucesiones se liquida en los seis meses siguientes al fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide antes de que pasen los cinco primeros. El certificado de últimas voluntades, el de seguros y el de defunción forman parte de la documentación que exige la Agencia Tributaria de cada comunidad. Tienes el detalle en qué es y cómo se calcula el impuesto de sucesiones.

El seguro de decesos y los trámites tras el fallecimiento

La mayoría de pólizas de decesos actuales incluyen, además del servicio funerario, una garantía de gestión de trámites: la aseguradora obtiene el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el de seguros, tramita la baja en la Seguridad Social y la pensión de viudedad u orfandad, y en algunas modalidades también prepara la declaración de herederos y la liquidación del impuesto. Es una de las coberturas que más diferencia hay entre compañías y que más alivia a la familia en las semanas posteriores, porque todos estos trámites coinciden con el duelo.

Si quieres saber qué incluye cada aseguradora, en el comparador de seguros de decesos puedes ver las modalidades y precios, y en cómo funciona un seguro de decesos explicamos las garantías habituales. Para el testamento en sí, tienes también cómo hacer un testamento.

Preguntas frecuentes sobre el certificado de últimas voluntades

¿Cuánto cuesta el certificado de últimas voluntades?

La tasa 006 del modelo 790, que en 2026 es de 3,86 € por certificado. Se paga con tarjeta en la sede electrónica o en un banco colaborador con el formulario impreso. El certificado de seguros de vida lleva otra tasa del mismo importe.

¿Se puede pedir el certificado de últimas voluntades por internet?

Sí, en la sede electrónica del Ministerio de Justicia con Cl@ve o certificado digital, siempre que el fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y no esté inscrito en un Juzgado de Paz. En ese caso no hace falta aportar el certificado de defunción.

¿Cuánto tarda en llegar el certificado de últimas voluntades?

Por internet suele estar disponible en pocos días hábiles; por correo o presencialmente, en unos 10 días hábiles desde la recepción de la solicitud, más el envío. Los errores en los datos del fallecido son la causa más habitual de retraso.

¿Qué pasa si el certificado es negativo?

Significa que no consta testamento. La herencia se reparte según la ley y hay que tramitar ante notario la declaración de herederos abintestato, para la que el propio certificado negativo es un requisito.

¿Necesito el certificado de últimas voluntades para cobrar un seguro de vida?

La aseguradora pide la documentación que identifique a los beneficiarios. Si el beneficiario designado en la póliza son los herederos legales, hará falta el certificado de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos; si está designado por su nombre, basta con el certificado de defunción y su identificación.

¿Puede pedirlo el seguro de decesos por mí?

Sí, si la póliza incluye la garantía de gestión de trámites o gestoría. La aseguradora solicita los certificados de defunción, últimas voluntades y seguros y, según la modalidad, tramita también pensiones y herencia. Conviene comprobarlo en las condiciones antes de contratar.

El certificado de últimas voluntades es el primer papel de cualquier herencia y el más sencillo de conseguir: una tasa de pocos euros y una solicitud por internet. Lo que viene después, copia del testamento, declaración de herederos, impuesto de sucesiones y cobro de seguros, es donde una buena póliza de decesos con gestión de trámites marca la diferencia para la familia. Si quieres comparar qué incluye cada aseguradora, dinos tu edad y provincia y te preparamos las opciones sin compromiso.

Gerard Alegret

Artículo elaborado por Gerard Alegret, CEO de Segurzon, correduría de seguros inscrita en la DGSFP (clave J-2790). Revisado el 4 de noviembre de 2026 con la información de la sede electrónica del Ministerio de Justicia sobre el certificado de actos de última voluntad, la Ley 20/2005 del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.

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