La muerte de un familiar es un hecho que nos entristece y nos puede llegar a costar asimilar. Y además del dolor que conlleva tenemos que tener en cuenta que un fallecimiento lleva consigo muchos trámites que hay que realizar, y eso requiere tiempo. Así que cuando esto ocurre y estamos trabajando una de las primeras cuestiones que se nos viene a la cabeza es ¿tengo días libres por fallecimiento de un familiar?
Según el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores: “el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.”
Esta es la norma general que además no pueden negarte en tu lugar de trabajo, pero hay convenios colectivos que aumentan estos días. Lo mejor es que consultes el de tu empresa para asegurarte de si te corresponden más.
Cuántos días corresponden por fallecimiento según el parentesco
La ley habla de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, pero ¿qué quiere decir exactamente? La consanguinidad es la relación que guardamos con nuestros parientes de sangre, mientras que la afinidad es la que tenemos con los familiares de nuestro cónyuge. Esto es lo que determina los días que podremos solicitar el permiso retribuido por fallecimiento de un familiar. Recuerda que si hay que realizar un desplazamiento puede aumentar a cuatro días libres retribuidos.
Esta es la división de los familiares que te dan derecho a estos días:
- Primer grado de consanguinidad o afinidad:
- Padres
- Suegros
- Segundo grado:
- Hermanos
- Abuelos
- Cuñados (hermanos de nuestro cónyuge).
Los tíos, primos y sobrinos quedan fuera al ser de tercer y cuarto grado, por lo que no podríamos solicitar el permiso retribuido, para ello tendríamos que pedir días de asuntos propios.
Ten en cuenta que en los parientes por afinidad tendrás que estar casado o registrado como pareja de hecho porque si no el permiso no se te concede.
Cómo solicitar el permiso laboral por fallecimiento
Lo mejor que puedes hacer es solicitarlo por escrito. Lo idóneo sería hacer dos copias, una que se la quede la empresa y otra te la quedas tú firmada y sellada. Pero en la mayoría de las ocasiones esto no es necesario. Incluso sería suficiente con enviar un email o fax donde se informe del hecho acaecido. En el escrito que mandemos tenemos que indicar cuándo se ha producido la muerte y el grado de parentesco que tenemos con el fallecido.
Hay empresas que pueden solicitar a los trabajadores entregar algún tipo de justificante que acredite la muerte de tu familiar. Tendrás que aportar una copia del certificado de defunción y el libro de familia, para acreditar la relación.
Desde cuándo comienza a computar el permiso retribuido
El Estatuto de Trabajadores en realidad no lo define claramente. El de matrimonio sí que señala que son días naturales, pero en el de fallecimiento no lo aclara, lo que puede llevar al error en muchas ocasiones. La norma general es que si has acabado tu jornada laboral y se produce el fallecimiento ese día te empezará a computar desde el siguiente, no es así si ocurre mientras aún no ha finalizado.
Si ocurre en día festivo puede llevar a confusión por no estar definido. En muchas empresas se acogen a que es dos días naturales a partir del fallecimiento, pero el hecho es que ya hay sentencias que dictan que se deben coger en días laborales. Concretamente la Sentencia 745/2018 del Tribunal Supremo Sala de lo Social, de 13/02/2018, es la que regula el fallecimiento en un día festivo:
“Por lo que se refiere al día inicial de disfrute de los permisos que aquí nos ocupan debe entenderse, cual se dijo antes, que como el convenio habla de “ausentarse del trabajo con derecho a retribución” el día inicial del disfrute de estos permisos no puede ser un día feriado, sino el primer día laborable que le siga a aquél en que se produjo el hecho que da derecho al permiso, pues el convenio no dice otra cosa, ya que solo indica que el derecho puede disfrutarse sólo “desde que ocurra el hecho causante, aparte que otra solución podría llevar al absurdo de privar del permiso, o de días de permiso, en los supuestos en que el hecho causante acaece al inicio de varios días feriados seguidos, lo que es contrario al espíritu del art. 37-3 del ET y a la norma convencional.”
El seguro de vida en un fallecimiento
Durante los días que tendrás libres en el trabajo tendrás que afrontar también mucho papeleo, decisiones que tomar y en estas circunstancias es muy complicado. Los papeles del sepelio, tramitar la pensión, el testamento, organizar todos los bienes del fallecido… Son trámites que se le atragantan a cualquiera en estos momentos.
El que el fallecido tuviera un seguro de vida nos facilitará mucho este duro trance. La gestoría de la empresa aseguradora es la que se encargará de obtener todos los documentos necesarios para organizar todo el sepelio. Además tendrás a tu disposición una asesoría jurídica que te ayuda en todos los trámites posteriores de herencia y solicitud de una pensión.
FAQS
¿Cuántos días corresponden por el fallecimiento de un primo hermano?
El fallecimiento de un primo hermano no está expresamente contemplado en el Estatuto de los Trabajadores como motivo para permisos retribuidos. Por lo tanto, no se concede permiso obligatorio por este motivo, salvo que el convenio colectivo de la empresa lo contemple. En este caso, es importante revisar las condiciones específicas del convenio aplicable o negociar con la empresa.
¿Se tienen días libres por el fallecimiento del suegro si no estás casado?
El Estatuto de los Trabajadores concede 2 días de permiso retribuido (o 4 días si se requiere desplazamiento) por el fallecimiento de familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Aunque no estés casado con tu pareja, si podéis demostrar una relación de convivencia mediante un certificado de pareja de hecho, es probable que también se considere aplicable el mismo permiso para el fallecimiento de su suegro. En caso contrario, no habría obligación legal de conceder este permiso, aunque algunas empresas pueden ser flexibles en estos casos.
¿Cuántos días de permiso corresponden por el fallecimiento de un padre?
El fallecimiento de un padre entra dentro de los permisos contemplados en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Se tienen derecho a 2 días laborables por esta causa, o 4 días laborables si se necesita desplazamiento. Es importante confirmar si el convenio colectivo establece condiciones más beneficiosas, ya que algunos amplían este plazo o contemplan días adicionales.